Puerto - Macrodepósitos

Alicante acata la sentencia sobre los depósitos, pero exige más autorizaciones para su instalación

11/03/2025
Por Alacanti TV

La concejalía de Urbanismo del Ayuntamiento de Alicante ha emitido un decreto de reconocimiento de los efectos del silencio positivo en la licencia ambiental solicitada por la mercantil XC Business 90, SL, para la instalación de un centro de distribución de combustibles y carburantes en el Puerto de Alicante, por imperativo legal, en estricto cumplimiento de la sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) que así lo exige. No obstante, el mismo decreto advierte a la mercantil de que “antes del inicio y funcionamiento de la actividad, la explotación deberá cumplir con todos los requisitos de seguridad y prevención exigidos en las normativas sectoriales en materia de medio ambiente, control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, así como de afectación a la Red Natura 2000, debiendo haber obtenido las autorizaciones e informes sectoriales preceptivos de los órganos autonómicos competentes”.

La concejala de Urbanismo, Rocío Gómez, explica que este decreto de reconocimiento de obtención de la licencia ambiental solicitada, por silencio administrativo, “no supone en ningún caso que la empresa pueda instalar los depósitos en el Puerto de Alicante”. Recuerda, asimismo, que “sigue intacta la firme oposición del Ayuntamiento a la instalación de este centro de distribución de combustibles” y su propósito “de seguir plantando batalla desde todos los frentes posibles, incluido el judicial, para evitar que este proyecto llegue a ser una realidad”. Una batalla en la que tiene como aliada a la Autoridad Portuaria de Alicante, que ha establecido con el Ayuntamiento un frente común de rechazo a esta iniciativa privada.

Respecto al recorrido judicial, el Ayuntamiento de Alicante ya está preparando un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, por entender, como ya planteó en su recurso de casación ante el TSJCV, que este tribunal no tuvo en cuenta en su sentencia la inconstitucionalidad del artículo de la ley autonómica que establecía dicho silencio positivo en licencias ambientales, decretada en 2022.

Informes preceptivos para la actividad

El decreto emitido por la concejalía de Urbanismo informa a la mercantil de que “antes del inicio y funcionamiento de la actividad, la explotación deberá cumplir con todos los requisitos de seguridad y prevención exigidos en las normativas sectoriales en materia de medio ambiente, control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, así como de afectación a la Red Natura 2000, debiendo haber obtenido las autorizaciones e informes sectoriales preceptivos de los órganos autonómicos competentes que deben emitir pronunciamiento en las materias correspondientes, en el caso de establecimientos nuevos, antes de comenzar su construcción o explotación”.

En concreto, el proyecto debe recabar evaluación sobre el plan de seguridad, el plan de emergencias, emisiones a la atmósfera, manejo de residuos peligrosos y la afección a espacios protegidos por la Red Natura. Además de todos estas autorizaciones supramunicipales, deberá obtener por parte del Ayuntamiento de Alicante la licencia de obra mayor, que está en tramitación y donde el Consistorio será exigente con el cumplimiento máximo de los requisitos necesarios, antes de emitirla.

[addtoany]

Publicidad

[adinserter block="1"]

El Tiempo

Twitter

Facebook