Imagen del Monte Orgegia.
PARQUE URBANO

Alicante propone establecer una zona de seguridad de 200 metros en torno a Orgegia

El área de Medio Ambiente plantea restringir la actividad cinegética para proteger la práctica del senderismo y las actividades deportivas
El concejal, Manuel Villar, señala en el escrito a la Generalitat que deben encontrar la forma de compatibilizar las acciones
04/03/2022
Por Jorge Verdú

El área de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Alicante ha propuesto a la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica de la Generalitat, el establecimiento de un perímetro de seguridad de 200 metros en torno a los límites del parque urbano forestal del Monte Orgegia, donde quede restringida la actividad cinegética.

El objetivo es aumentar la protección de las personas ante la proximidad de zonas residenciales y la creciente afluencia para la práctica del senderismo, pruebas deportivas, actividades de reforestación y limpieza de monte o de educación ambiental.

En el escrito remitido al servicio de Medio Ambiente autonómico se propone esta limitación de actividades relacionadas con la caza, al ser esta parcela por la que discurre el sendero urbano de Orgegia, de titularidad pública y corresponde a dicho organismo de la Generalitat las competencias regulatorias en esta materia, después de que el pasado mes de noviembre se produjera un accidente en el que resultó herido un ciclista al ser alcanzado por un cazador.

El concejal de Medio Ambiente, Manuel Villar, señala en el escrito que "no ser trata de eliminar la actividad cinegética en las zonas comunes de caza próximas al Monte Orgegia, pero pensamos que debemos encontrar la forma de compatibilizar todas las actividades con la suficiente seguridad para las personas, tal y como persigue la Ley de Caza de la Comunidad Valenciana”.

Los terrenos en los que se practica la caza en la zona de Orgegia están considerados como Zona Común de Caza y en la propia Ley se establece que se limitará este ejercicio a las modalidades y con las condiciones que estime la administración para asegurar un aprovechamiento ordenado.

“Por ello, entendemos que es posible establecer las condiciones necesarias para garantizar la seguridad de los cazadores y de los usuarios de la zona del parque urbano forestal sin menoscabar los derechos de ninguna de las partes”, ha explicado el edil.

RESTRICCIONES DE CAZA

En el escrito se recuerda que entre las restricciones al ejercicio de las modalidades de caza deportiva, el artículo 12.3 de la Ley, referente a la salvaguardia de la seguridad de las personas y bienes, prohíbe en su apartado A: “El ejercicio de la caza con armas a menos de 100 metros de los lugares en donde se realicen actividades de cultivo y recolección”.

Y en el D: “El ejercicio de la caza con armas a menos de 200 metros de lugares en que por cualquier razón existan campamentos, competiciones deportivas o concentraciones de personas ajenas a la caza. Tampoco podrá dispararse en dicha dirección desde mayor distancia cuando los proyectiles puedan alcanzar el área de protección”.

La normativa deja en manos del cazador la responsabilidad de respetar la distancia de seguridad en función de la presencia de personas, por lo que el Ayuntamiento propone establecer una zona de seguridad, en cumplimiento de la Ley de Caza, con un perímetro de 200 metros del parque urbano forestal Monte Orgegia.

El fin es evitar daños a las personas o a los bienes, en un entorno que se encuentra próximo a núcleos urbanos y viviendas aisladas, así como a la Estación Depuradora de Aguas Residuales.

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