Aprobada la nueva Ordenanza contra la Contaminación Acústica

19/04/2023
Por Alacanti TV

La comisión de Urbanismo ha aprobado el proyecto de la Ordenanza de Protección Contra la Contaminación Acústica y Vibraciones con los votos a favor de los representantes del PP, Ciudadanos y PSOE. Por su parte, Vox ha optado por la abstención, mientras que Podemos y Compromís han votado en contra. Tras este trámite, el texto pasará al Pleno Municipal, previsto para el próximo 27, para su aprobación inicial y pasará a exposición pública.

Los responsables políticos junto a los técnicos del Ayuntamiento de Alicante han debatido las 25 enmiendas presentadas por los diferentes grupos con representación en el Pleno Municipal en que se han aprobado14 modificaciones de carácter técnico, siete han sido rechazadas y cuatro retiradas por los proponentes.

El nuevo texto impulsado por las concejalías de Urbanismo y Medio Ambiente, que revisa y actualiza la Ordenanza que se aprobó en marzo de 2019, se marca como objetivo adaptar las normas estatales y autonómicas a las singularidades del municipio de Alicante y a su organización.

El presidente de la comisión, Adrián Santos, ha destacado que “se ha impulsado la norma que regulará la convivencia entre vecinos dentro de la ciudad en todos ámbitos, desde el ocio y comercio hasta la propia convivencia vecinal”.

ACTUACIÓN

La nueva ordenanza incluye, no sólo los tradicionales controles de ruidos y vibraciones, sino también nuevas definiciones de zonas, planes y mapas acústicos, aislamientos, medidas de control y sistemas de alarma, información y transparencia con carácter actualizado y permanente.

Los Planes de Acción que se aprueben por el Ayuntamiento de Alicante tendrán por objeto identificar las áreas acústicas existentes en el municipio en función del uso que sobre las mismas exista o esté previsto y sus condiciones acústicas, y establecer medidas preventivas y correctoras frente a la contaminación acústica, constatada en los mapas, para que los niveles sonoros cumplan los objetivos de calidad acústica

En las zonas declaradas Zonas de Protección Acústica Especial (ZPAE), Zonas de Situación Acústica Especial (ZSAE) o Zonas Acústicamente Saturadas (ZAS), se podrá acordar reducción de horarios de carácter temporal en los términos establecidos en los artículos de esta Ordenanza, reguladores de dichas zonas.

LOCALES CON ACTIVIDAD MUSICAL

Las actividades consideradas como altamente productoras de niveles sonoros, deberán contar, independientemente de las medidas de insonorización general con un vestíbulo de entrada, con doble puerta de muelle de retorno a posición cerrada, que garantice en todo momento, el aislamiento necesario en fachada incluidos los instantes de entrada y salida, garantizando el cumplimiento de la normativa vigente en materia de accesibilidad. 

Además, deberán ejercer su actividad con las puertas y ventanas cerradas. Las personas, físicas o jurídicas, titulares de los establecimientos deberán velar, disponiendo de los medios necesarios, para que los usuarios, al entrar y salir del local, no produzcan molestias al vecindario. Se dispondrá de un responsable del local en la puerta para garantizar este aspecto.

La norma incorpora otros aspectos destacados para la regulación de la contaminación acústica derivada de actividades vecinales en el interior de edificios y viviendas “que causan innumerables quejas vecinales por las instalaciones inadecuadas de aire acondicionado, ventilación forzada o equipos de refrigeración que producen ruidos y/o vibraciones y que generan denuncias”.

También se regulan las molestias ocasionadas por las actividades de carga y descarga de mercancía, así como los producidos por los vehículos y trabajos de limpieza, el mantenimiento de la vía pública y recogida de residuos urbanos y los trabajos en la vía pública y respecto de las obras de edificación.

SANCIONES

Constituyen infracciones administrativas las acciones u omisiones tipificadas en la presente Ordenanza y que se clasifican en leves, graves y muy graves.

Las infracciones consideradas muy graves serán sancionadas con una multa desde 12.001 a 300.000 euros y retirada definitiva de las licencias o autorizaciones correspondientes.

Serán consideradas infracciones graves las que conlleven multas desde 601 euros hasta 12.000 euros con posibilidad de suspensión de la licencia ambiental con o sin impacto ambiental u otros instrumentos de intervención ambiental en las que se hayan establecido condiciones relativas a la contaminación acústica, por un período de tiempo comprendido entre un mes y un día y un año.

También se contempla la clausura temporal, total o parcial, de las instalaciones por un período máximo de dos años.

En el caso de infracciones leves, que serán tramitadas por el Ayuntamiento, se recogen multas de hasta 600 euros.

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