Hasta 89 comisiones de Hogueras tendrán subvenciones para los monumentos
Alicante ha aprobado este miércoles en sesión extraordinaria y urgente de la Junta de Gobierno la resolución de la convocatoria de subvenciones destinadas a comisiones de Hogueras, por la que 89 comisiones de fogueras recibirán ayudas de entre 4.000 y 18.800 euros para contribuir a la construcción, almacenamiento, restauración, plantà y cremà de sus monumentos adulto e infantil.
Una vez presentada toda la documentación por parte de las comisiones que, según el concejal de Fiestas, Manuel Jiménez, "ha venido con retraso", Jiménez ha resaltado que “estas ayudas llegan dentro del compromiso municipal de colaborar con las comisiones de Hogueras para el desarrollo de sus monumentos y todos los procesos implicados en la fiesta desde su construcción a la cremà,".
También ha destacado el aumento de las cantidades, que en 2020 alcanzaron 403.400 euros, y, en solo dos años, "las hemos aumentado más de un 50 %, disponiendo para este ejercicio un total de 621.700 euros para hogueras y barracas". Las comisiones de barraquers recibirán ayudas entre 800 y 1.200 euros, dependiendo de la categoría en la que participen, ascendiendo la suma total a 42.600 euros presupuestados.
AYUDAS
En este sentido, también ha recordado que se encuentra abierta la convocatoria de ayudas Ayuntamiento-Diputación dirigidas a los indumentaristas y artesanos de la ciudad de Alicante, mediante las cuales pueden optar a hasta 4.000 euros si se han visto afectados en el último año en su facturación.
El edil ha animado a consultar las bases de la convocatoria en la web municipal www.alicante.es o la de la Agencia Local de Desarrollo www.impulsalicante.es, encargada de su tramitación.
Las ayudas se articulan en dos líneas dirigidas a subvencionar parte de los gastos de la construcción, almacenaje, reparación, mantenimiento, restauración, plantà y cremà de fogueres durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 10 de julio de 2022, ambos inclusive, con una dotación económica máxima 515.050 y 68.000 euros, respectivamente.
En cualquier caso, ninguna entidad beneficiaria percibirá un importe superior al 95% del importe total de gastos en que tiene previsto incurrir como consecuencia de las actividades subvencionadas.